Declaración de salud y preexistencias en isapres: lo que debes saber antes de firmar
- Santiago Toledo Ordoñez

- hace 9 horas
- 4 Min. de lectura
Cuando te afilias a una Isapre, debes responder un documento que puede definir tu cobertura de salud por años. Se llama Declaración de Salud, y lo que escribas — o lo que omitas — tiene consecuencias concretas y legales.
Uno de los momentos más importantes al contratar un plan de salud con una isapre es también uno de los que menos atención recibe: la Declaración de Salud. Es el formulario donde declares tu historial médico y el de tus cargas. Lo que pongas ahí determinará qué cubre tu isapre, bajo qué condiciones, y qué puede quedar excluido.
Qué es la Declaración de Salud
La Declaración de Salud es el documento que permite a la isapre evaluar el riesgo de salud del cotizante y los beneficiarios. En términos simples, es el formulario donde el afiliado y sus cargas informan todo su historial médico previo al momento de suscribir el contrato.
No es un trámite administrativo menor. Es el instrumento sobre el cual la isapre decide si acepta o no al afiliado, bajo qué condiciones lo hace, y qué prestaciones podrían quedar restringidas o excluidas del plan.
Qué son las preexistencias
De acuerdo a la ley, se considera como preexistentes aquellas enfermedades, patologías o condiciones de salud que hayan sido conocidas por el afiliado y diagnosticadas médicamente con anterioridad a la suscripción del contrato o la incorporación del beneficiario a la Isapre.
Es decir, no basta con tener una enfermedad: tiene que haber sido diagnosticada por un médico antes de que firmaste el contrato. Una sospecha, un síntoma sin diagnóstico formal, o una condición que nunca fue documentada clínicamente no califica necesariamente como preexistencia.
Qué debes declarar
La Superintendencia de Salud recomienda a los afiliados informar todas las enfermedades, intervenciones quirúrgicas u otros antecedentes mórbidos al momento de llenar la Declaración de Salud, tanto de él como de sus beneficiarios.
Esto incluye enfermedades crónicas como diabetes, hipertensión o asma; cirugías anteriores aunque te hayas recuperado completamente; tratamientos psicológicos o psiquiátricos; y condiciones congénitas de tus cargas. La regla práctica es declarar todo lo que fue diagnosticado, aunque parezca menor o ya esté resuelto.
Hay una excepción importante: desde el 18 de junio de 2020, la Superintendencia de Salud instruyó que las enfermedades o condiciones de salud al nacer no deben ser declaradas como preexistencias. Esto significa que condiciones como síndrome de Down, cardiopatías congénitas o labio leporino no pueden ser usadas por la isapre para negar cobertura.
Qué pasa si no declaras una preexistencia
Las consecuencias de omitir una preexistencia son graves. Las enfermedades o condiciones de salud preexistentes no declaradas no son cubiertas por la isapre, salvo que se justifique la omisión.
Pero hay más: en caso de omitir declarar la preexistencia, la ley permite a las isapres poner fin al contrato de salud cuando esto le cause daño, salvo que el afiliado demuestre que no comunicó dicha situación producto de un error. Asimismo, la isapre podrá excluir de la cobertura las atenciones médicas recibidas por esa enfermedad no declarada.
No declarar una preexistencia puede significar perder la cobertura de esa enfermedad, y en casos extremos, la terminación del contrato completo.
El caso del agente de ventas que te dijo que no declararas
Es más común de lo que parece. Algunos agentes de ventas han aconsejado a afiliados omitir enfermedades para facilitar la contratación del plan. Sin embargo, la Superintendencia de Salud es clara: aunque la omisión haya sido recomendada por el agente de ventas, la isapre puede igualmente negar la cobertura, salvo que el afiliado pruebe la responsabilidad del agente durante la tramitación de un reclamo.
Si eso te ocurrió, es importante guardar cualquier evidencia: mensajes, correos, o registros de conversaciones que acrediten que fuiste mal asesorado.
¿Las enfermedades prescriben con el tiempo?
Sí, en la práctica. Si te cambiaste de isapre y no declaraste una enfermedad o cirugía preexistente de buena fe, y ya han pasado 5 años desde que estás en esa isapre sin haber requerido ningún tratamiento asociado a esa condición, la ley contempla la excepción de la buena fe. Sin embargo, esto debe acreditarse judicialmente, lo que implica un proceso complejo.
Cuándo NO te pueden exigir una nueva Declaración de Salud
La ley protege al afiliado en varios escenarios. Si eras carga en una isapre y pasas a ser cotizante, la institución no puede exigirte una nueva Declaración de Salud ni imponerte restricciones distintas a las que ya tenías vigentes. Lo mismo ocurre si el cotizante fallece: los beneficiarios mantienen su cobertura por al menos un año, y al renovar el contrato no se les puede exigir una nueva declaración ni agregar nuevas restricciones.
Lo que cambiará con la ley larga
Todo lo anterior aplica en el sistema actual. Sin embargo, si la ley larga de isapres logra aprobarse en el Congreso, la declaración de salud desaparecería como requisito de afiliación. El proyecto elimina las preexistencias, lo que significa que ninguna isapre podría negar cobertura ni establecer períodos de carencia basándose en el historial médico del afiliado. Ese cambio aún está en tramitación legislativa y no tiene fecha definida de implementación.
Declara siempre en presencia de tu Asesor de Salud
La Declaración de Salud puede parecer un formulario de rutina, pero es uno de los documentos más importantes que firmarás al afiliarte a una isapre.
Comentarios